Debido a la huelga general declarada por el colectivo de Letrados de la Administración de Justicia en España a comienzos del año 2023 surgen dudas acerca de este cuerpo jurídico y su relación con el ejercicio de la abogacía por cuenta propia o ajena, debido precisamente a su denominación.
En este artículo os contamos cuales son las funciones de este cuerpo que debe su nombre actual a la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial en el año 2015 operada por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, ya que son los anteriormente denominados Secretarios Judiciales.
¿Qué son los Letrados de la Administración de Justicia?
“Los Letrados de la Administración de Justicia son funcionarios públicos que constituyen un Cuerpo Superior Jurídico, único, de carácter nacional, al servicio de la Administración de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia, y que ejercen sus funciones con el carácter de autoridad, ostentando la dirección de la Oficina judicial”.
Lo primero que se debe saber acerca de este colectivo es que son funcionarios públicos, es decir, trabajan para el Estado. Es una profesión de naturaleza pública a la que se accede aprobando una oposición de cuerpos superiores. Aquí radica la primera diferencia con respecto al ejercicio de la abogacía, por cuenta propia o ajena, ya que, a diferencia de los Letrados de Administración de justicia, los abogados trabajan de cara al sector privado, siendo sus clientes particulares, empresas, asociaciones, fundaciones, etc.
¿Dónde llevan a cabo su actividad?
Los Letrados de Administración de justicia llevan a cabo su actividad principalmente en los juzgados y tribunales españoles.
“Los Letrados de la Administración de Justicia desempeñarán sus funciones con sujeción al principio de legalidad e imparcialidad en todo caso, al de autonomía e independencia en el ejercicio de la fe pública judicial, así como al de unidad de actuación y dependencia jerárquica en todas las demás que les encomienden la Ley Orgánica del Poder Judicial y las normas de procedimiento respectivo, así como su reglamento orgánico”.
¿Cuáles son sus funciones?
Los Letrados de la Administración de justicia son responsables de velar por los intereses del procedimiento legal en el ámbito de su competencia dentro del juzgado o tribunal para el que desarrollen funciones.
Los Letrados de Administración de justicia velarán por que se apliquen las leyes procesales en todo momento de los procesos judiciales. También actúan como ministros de la fe pública en los tribunales.
También podrán desempeñar funciones dentro de la Oficina judicial, de la que serán responsables de los aspectos técnico-jurídicos y de la dirección del personal de la oficina.
¿Desde cuándo se llaman Letrados de la Administración de Justicia?
Desde el año 2015, cuando se reformó la Ley Orgánica del Poder Judicial, a través de la Ley Orgánica 7/2015, del 21 de julio. A partir de entonces dejaron de conocerse oficialmente como Secretarios Judiciales y pasaron a denominarse Letrados de la Administración de Justicia.
¿Por qué están en huelga?
La justificación que los Letrados de Administración de Justicia presentan para la huelga que está convocada actualmente es el aumento de carga de trabajo de los últimos años para el desempeño de sus labores. Aumento de carga de trabajo que no se ha visto compensado con un aumento salarial.
La otra cara de la huelga corresponde al Ministerio de Justicia, órgano con el que el cuerpo de Letrados de Administración de Justicia lleva negociando desde el pasado 24 de enero, día en que comenzó el parón.
¿Cuáles son los efectos de la huelga?
Tras la cuarta reunión celebrada entre los Letrados de Administración de Justicia y el Ministerio ha habido 223.000 vistas suspendidas y unos 800 millones de euros bloqueados en los juzgados y tribunales por la huelga.
Para más información consultar el siguiente enlace: Letrados de la Administración de Justicia – Acceso a convocatorias por perfiles profesionales (mjusticia.gob.es)
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